En su carácter de ciudadano y en
representación de todas las voces que no han sido escuchadas y que piden se
revierta el gasolinazo que empieza a afectar los bolsillos de los mexicanos,
Héctor Álvarez Contreras, respaldado por los regidores, coordinadores de
gabinete, jefes de departamento y empleados en general, todos a título
personal, presentaron un juicio de amparo colectivo ante la autoridad
competente en contra del incremento al costo de la gasolina con el respaldo de
cinco mil firmas de habitantes de Zapotlanejo.
La medida fue tomada ante la crisis inminente
que representa este incremento en el precio de los combustibles, ya que estos
son considerados productos de consumo popular y necesario para la economía
nacional y deben estar sujetos a las bases que las leyes fijen para señalar los
precios máximos y dado que no están fijadas las bases, tampoco se puede fijar
los precios máximos a los combustibles, lo cual desencadena una violación al
artículo 28 constitucional después de que extrañamente en la Ley de
Hidrocarburos se derogara el pasado mes de noviembre la fracción I del artículo
décimo cuarto transitorio donde estaban establecidas las bases de los precios.
“Yo he manifestado siempre que las protestas
deben ser pacíficas y apegadas a la legalidad. Como gobierno así lo vamos a
hacer y como ciudadanos también vamos a ser respetuosos, sin caer en los actos
violentos que se han venido presentando en los municipios del estado y en otros
estados del país, por lo que consideramos que el juicio de amparo debe ser el
arma idónea para exigir a nuestros gobernantes, como ciudadanos, que se
respeten nuestras garantías y que apegados a la legalidad den reversa al
gasolinazo. También se hará una campaña intensiva por todo el municipio para
que la mayor cantidad posible de habitantes respalden esta protesta pacífica,
con un gran alcance legal.”
Estamos en contra de la derogación de la
fracción 1 del artículo 14 transitorio de la Ley de Hidrocarburos, que
establecía las bases para determinar el precio del petróleo y establecía que en
cuatro años se iba el precio al mercado, cuya fecha sería en el 2018, sin
embargo con esa derogación adelantaron los tiempos un año y fijaron un precio
máximo sin una base y al hacerlo subió de manera desproporcionada el precio del
combustible ya que no hay competitividad efectiva.
Asimismo, se esta incumpliendo lo que marca
La Ley de Competencia Económica en el artículo noveno que dice que el titular
del poder ejecutivo deberá a través de sus secretarias hacer un estudio y
determinar si hay competencia efectiva para un cierto producto y en el
caso de México, no la hay ya que aún sigue siendo Pemex el único que importa la
gasolina.
Si bien en cierto que se han entregado 74
permisos para importar gasolina 105 para importar diesel, aún esas empresas no
lo han hecho, porque al parecer aun no existen las condiciones económicas para
importarla y que les sea redituable y aun así el gobierno se atrevió a liberar
el precio de la gasolina fomentando el incremento de los precios hasta en un 25
por ciento del 31 de diciembre de 2016 al día 1 de enero de 2017, violando con
esto el artículo 28 constitucional que dice que todos los bienes que se
consideren de consumo popular y necesarios para la economía nacional como lo es
el precio de los combustibles, el ejecutivo federal deberá determinar los
precios para evitar un alza desproporcionada, misma que se esta generando al
incrementar un 25 por ciento el costo de la gasolina, cuando el salario mínimo
incrementó solamente el 3.9 por ciento y el ingreso del mexicano promedio en
relación a la canasta básica ha ido en detrimento, sin considerar que se espera
en febrero un nuevo incremento a los combustibles, afectando aún más la
economía de todos los mexicanos.
Es por esto que buscando la protección de los
derechos de todos los ciudadanos, presentamos el juicio de amparo colectivo en
contra del presidente de la república, por la orden verbal inconstitucional e
ilegal dada a la Comisión Reguladora de Energía, que aprueba a “Pemex
Logística” la propuesta de procedimiento de temporada abierta aplicable a los
sistemas de almacenamiento de petrolíferos amparados por los permisos otorgados
mediante las resoluciones RES/866/2015, RES/889/2015 Y RES/713/2016; por no
fijarlo mediante decreto; por no haber publicado el decreto previsto en el
artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica; por no haber determinado
el precio de las gasolinas y diesel a partir del primero de enero del 2017 de
acuerdo con las condiciones de mercado; por la violación generalizada delos
derechos humanos, atentando contra el nivel de vida de las familias mexicanas, su
seguridad económica y subsistencia al tomar la decisión unipersonal, sin
decreto previo para sujetar y determinar los precios de las gasolinas y el
diesel; y por la promulgación y publicación de la Ley de Ingresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017, dada la inconstitucionalidad de
los artículos décimo primero y décimo segundo transitorios, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 15 de noviembre de 2016.
Asimismo, el juicio involucra al Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, por expedir la Ley de Ingresos de la
Federación; al Secretario de Hacienda y Crédito Público por el acuerdo en que
se dan a conocer las regiones en que se aplicarán precios máximos al público de
las gasolinas y diesel, así como la metodología para la determinación publicado
en el Diario Oficial de la Federación de fecha del 27 de diciembre de 2016;
contra el Secretario de Economía por la omisión de fijar los precios fijos en
las gasolinas y diesel; y contra la Comisión Reguladora de Energía que estableció
el cronograma de flexibilidad de precios.
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