Hablar
del abuso sexual infantil implica no solamente los delitos contemplados en el
Código Penal, sino que también incluye conductas que pueden no estar
tipificadas en la legislación, pero que alteran el desarrollo de la libertad
sexual en las y los menores de edad, afirmó la subdirectora del Centro de
Evaluación e Investigación Psicológica (CEIP) de la Universidad de Guadalajara,
Martha Catalina Pérez González.
La
especialista impartió la conferencia “Actuación frente el Abuso Sexual
Infantil”, en el marco de la capacitación mensual de la Red de Psicólogos del
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Jalisco y DIF
municipales.
“Este
proceso generalmente es con alguien conocido, con alguien cercano, pero no
necesariamente. Las estadísticas siempre nos narran una parte de toda la
información, porque mucho se lo queda la víctima y el victimario, no se da a
conocer, son las cifras negras de este tipo de abusos”, explicó Pérez González.
La
subdirectora del CEIP afirmó que los casos de abuso sexual infantil llegan a
los sistemas DIF generalmente cuando ya han sido
denunciados ante las autoridades y se requiere el apoyo psicológico para las
víctimas.
Sin
embargo, cuando los psicólogos de estas instituciones perciben que se ha
cometido este delito, el profesional debe actuar en apego al interés superior
de la niñez y está obligado a informarles a los padres de familia de la
necesidad de acudir ante el Ministerio Público, a excepción de los casos donde
el abuso sexual infantil está relacionado con violencia intrafamiliar.
“Ustedes, con su expediente, con los formatos
que deben ser llenados para la detección de la violencia intrafamiliar, lo
ingresan a su jefe inmediato superior, que él lo llevará a su vez ante la
justicia”, concluyó la psicóloga.
0 comentarios:
Publicar un comentario