lunes, 9 de enero de 2017

Diputado Mario Castellanos presentó Iniciativa de Reforma auxiliares de la administración de justicia (Peritos)

En conferencia de prensa, el Diputado Ciudadano, Mario Castellanos, presentó dos Iniciativas para reformar auxiliares de la administración de justicia, mejor conocidos como Peritos.

“Lo que proponemos es, uno: modificar y abrigar la ley que determina los costos que debe de tener un perito y la ley orgánica del Poder Judicial, y adaptar también otra Iniciativa de Decreto donde queremos modificar varios artículos del Código de Procedimientos Civiles para que se pueda llevar a cabo y mejorar el sistema de impartición de justicia, para que sea más rápido y expedito y que tenga un menor costo para todos los que requieren la administración de justicia”. Puntualizó el legislador

Las propuestas hablan de abrogar la Ley que establece la Remuneración de los Auxiliares en la Administración de Justicia, por ser una ley de 1977 cuyo desfase permite el abuso de los peritos en el cobro de sus honorarios.

Se faculta al Consejo de la Judicatura a fin de establecer la remuneración máxima que los auxiliares de la administración de justicia deban devengar.

Con esto, los peritos no podrán cobrar más de lo establecido en el arancel que para tal efecto emita el Consejo;

1.    Requisitos para ser auxiliar;
2.    Las faltas en las que puede incurrir el auxiliar en el ejercicio de su encargo;
3.    Las sanciones a las que pueden hacerse acreedores.


Se establece que, los peritos y traductores que pretendan acreditarse ante el Consejo, deberán proporcionar una vez al año servicio social, prestando sus servicios de manera gratuita, cuando las partes sean de escasos recursos o el juez ordene el peritaje de un tercero en discordia.


Reforma Pruebas Periciales, Código de Procedimientos Civiles.

Tema: Obligación de los jueces a nombrar Perito de oficio.

1.    El juez solo solicitará el peritaje de un tercero cuando entre los peritajes de las partes exista discordia tal que no pueda interpretar lo que en justicia corresponde.

2.    Que se desechen aquellas pruebas periciales que sean incensarías, por ser sobre aspectos de conocimiento general o se desprenden del propio expediente.


3.    Las partes en cualquier momento podrán convenir en la designación de un sólo perito.

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